DOCUMENTO DE OPERACIÓN PARA DESPACHO ADUANERO (DODA)
¿QUÉ ES EL DODA?
El exceso de papeleo, la agilización de los trámites, así como su simplificación, han sido algunos de los desafíos que los avances tecnológicos han sorteado en todas las industrias. Por supuesto, algunos sectores tienen más complejidades que otros, por ejemplo, el del despacho aduanero.
En este sentido, desde el pasado 19 de diciembre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) inició la habilitación tecnológica en las aduanas del país para dar paso a la aplicación del Documento de Operación para Despacho Aduanero (DODA), una herramienta con la que busca agilizar las operaciones de comercio exterior.
Durante este año las aduanas habilitaron sus sistemas informáticos para el uso de este documento, hasta que el 1 de mayo el proceso fue completado en las 49 aduanas de México.
¿Qué es el formato DODA?
El documento está contemplado en el Modelo de Administración Tributaria de Comercio Exterior (MAT-CE)como parte del registro y modulación de operaciones.
Se genera con base en la información de los pedimentos que se encuentran validados y pagados. Contiene un código bidimensional QR (Quick Response Code), firma electrónica del Agente Aduanal y el sello digital del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
A través de estos datos se activa el Mecanismo de Selección Automatizada, mejor conocido como “semáforo fiscal”, que determinará si la mercancía debe someterse a reconocimiento aduanero (examen físico y revisión de documentos) o si la mercancía es libre de desaduanamiento.
De esta manera se busca agilizar el proceso de despacho por medio de:
- La captura previa de información.
- Certificación digital.
- Evitar errores de captura.
- Herramienta de SAT Móvil.
- Facilitar la consulta, revisión y administración de las mercancías internadas.
¿Cómo se genera un DODA?
Dentro del portal del SAT en el apartado de trámites y servicios al contribuyente se encuentra el acceso para la generación del DODA, al cual se podrá ingresar solo con RFC y contraseña o la e.firma.
Es importante mencionar que la generación de dicho documento es exclusivamente para las personas autorizadas para realizar el despacho aduanero; es decir, representante legal, apoderado aduanal, agente aduanal o su mandatario.
Al ingresar al portal se desplegarán los datos que debes capturar, los cuales se dividirán en dos apartados:
Datos Generales
En este apartado se deberá capturar la información general referente a la operación:
- Aduana y sección (A+aduana de despacho).
- Número de CAT (código alfanumérico del transportista).
- Número de identificación del transporte (placas).
Tipo de operación
Dentro de este campo también se deberá capturar toda la información contenida en los pedimentos, ya sea de forma manual o masiva por medio de un archivo en Excel, el cual deberá cumplir con ciertas especificaciones emitidas por la Administración General de Aduanas (AGA), las cuales se pueden consultar en la sección Sala de Prensa en el portal del SAT.
Para mayor información sobre cómo se genera el DODA, el SAT publicó un tutorial para el uso de la plataforma y los apartados que se deben proporcionar.
Pedimentos no integrados DODA
En este apartado se mostrarán los pedimentos (previamente pagados y validados) que han sido capturados manualmente, o mediante la transmisión de información.
Se deberán seleccionar aquellos que se desean integrar y en seguida completar los campos referentes a la e.firma para finalmente generar el documento. Cabe mencionar que se puede integrar un DODA con diferentes tipos de pedimentos, pero debes considerar que se tiene que realizar uno por vehículo.
¿Para qué operaciones debe generarse?
Dicho documento es necesario para todas las operaciones en que se presente pedimento, impresión simplificada, aviso consolidado o parte II; con excepción de las operaciones de tránsito, operaciones con copia simple, operaciones por medio de transporte ferroviario o para las operaciones que se realicen por medio de un aviso electrónico.
¿Cómo funciona?
Una vez que el DODA se ha generado por parte del Agente Aduanal, el transportista se podrá presentar ante el módulo para la activación del mecanismo de selección automatizado (semáforo fiscal), en las instalaciones de la aduana de despacho.
Mediante la lectura del código QR, a través de la aplicación SAT Móvil, se contempla que, de acuerdo al resultado, se determine si la mercancía es libre de retirarse de la aduana o si es necesario realizar el reconocimiento aduanero.
Es importante mencionar que el DODA no tiene vigencia, sin embargo, los documentos aduaneros deberán presentarse en los plazos señalados en las disposiciones jurídicas.